El Juzgado de Instrucción número 15 de València ha desestimado los recursos presentados por Vox y la asociación Gobierna-te, confirmando así el archivo de la causa contra la exvicepresidenta de la Generalitat, Mónica Oltra. La decisión, que cuenta con el respaldo de la Fiscalía, sostiene que no existen indicios de delito en la actuación de Oltra y otros catorce investigados en relación con la gestión de los abusos sexuales cometidos por su exmarido a una menor tutelada.
Puntos Clave
- El juzgado rechaza los recursos de las acusaciones populares (Vox y Gobierna-te) que buscaban reabrir el caso.
- La decisión de archivar la causa cuenta con el apoyo explícito de la Fiscalía Provincial de València.
- La jueza argumenta que no hay indicios de criminalidad para justificar la apertura de un juicio oral.
- El futuro del caso depende ahora de un posible recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de València.
Decisión judicial firme en primera instancia
La jueza sustituta al frente del Juzgado de Instrucción 15, Ana Lillo, ha emitido un auto en el que ratifica el sobreseimiento provisional de la investigación. Esta resolución llega después de que las acusaciones populares, ejercidas por el partido político Vox y la asociación Gobierna-te, presentaran recursos de reforma contra la decisión inicial de archivo.
Ambas organizaciones insistían en la necesidad de abrir juicio oral contra Oltra y el resto de los investigados. Sin embargo, tanto la magistrada como el Ministerio Fiscal han coincidido en que no se cumplen los requisitos legales para llevar a los encausados a juicio, al no apreciar indicios de la comisión de un delito.
Contexto del caso
La investigación se centraba en determinar si Mónica Oltra y otros altos cargos y funcionarios de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas encubrieron los abusos sexuales cometidos por el entonces marido de Oltra, un educador de un centro de menores. La víctima era una joven tutelada por la Generalitat. El exmarido de la exvicepresidenta ya fue condenado y cumple pena de prisión por estos hechos.
Los argumentos de la jueza y la fiscalía
El auto judicial es contundente al señalar la falta de pruebas. Según se desprende del razonamiento jurídico, no solo los hechos investigados "no son constitutivos de infracción penal alguna", sino que, además, "no existe absolutamente ningún indicio" de que los investigados participaran en actos delictivos.
La jueza responde directamente a los argumentos de las acusaciones, que alegaban una supuesta obligación legal del instructor de abrir juicio oral si estas lo solicitaban. La magistrada aclara que la ley no contempla tal obligación.
"Nadie debe ser juzgado sin que exista un solo indicio racional de criminalidad contra el mismo y, en conciencia, reitero que no los aprecio en la conducta de los encausados", señala el auto, en línea con la argumentación del juez titular que archivó el caso previamente.Asimismo, se descarta que la Audiencia Provincial, al revocar un archivo anterior, hubiera ordenado implícitamente la apertura de juicio. La jueza Lillo precisa que la Audiencia simplemente ordenó continuar con los trámites del procedimiento, lo que no impide un posterior sobreseimiento si no se encuentran indicios suficientes, como ha ocurrido en este caso.
Un largo recorrido judicial
Esta decisión marca un nuevo hito en un proceso judicial que se ha prolongado durante años y que tuvo un alto coste político para Mónica Oltra, quien dimitió de todos sus cargos en el Consell del Botànic en junio de 2022, tres años antes del segundo archivo de la causa.
Cronología de las decisiones clave
- 2 de abril de 2024: El juez titular, Vicente Ríos, acuerda el primer sobreseimiento de la causa.
- Posteriormente: La Audiencia de València revoca este archivo y ordena continuar la instrucción.
- 27 de junio de 2024: El mismo juez instructor vuelve a archivar el caso al concluir la fase de investigación.
- Diciembre de 2025: La jueza sustituta rechaza los recursos de Vox y Gobierna-te, manteniendo el archivo.
La causa ha estado marcada por un fuerte debate mediático y político. Desde el inicio, la defensa de Oltra ha mantenido que se trataba de una persecución política sin fundamento jurídico, mientras que las acusaciones populares han defendido la existencia de un plan para ocultar los abusos y proteger la carrera política de la entonces vicepresidenta.
¿Cuál es el siguiente paso?
Aunque la decisión del Juzgado de Instrucción 15 es firme en esta instancia, no cierra definitivamente la puerta a la continuidad del proceso. Las acusaciones populares tienen ahora la opción de presentar un recurso de apelación directamente ante la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de València.
Será este tribunal superior el que tenga la última palabra. La Audiencia deberá decidir si, como sostienen la jueza y el fiscal, no existen indicios para juzgar a Oltra y los otros catorce investigados, o si, por el contrario, considera que hay base suficiente para revocar el archivo y ordenar la apertura de juicio oral. La resolución de la Audiencia será determinante para el futuro judicial de la exvicepresidenta valenciana.





