La Audiencia Provincial de Valencia ha iniciado el juicio contra un hombre acusado de proferir insultos y amenazas de carácter tránsfobo a una mujer durante la celebración del Orgullo LGTBI de 2024. La Fiscalía solicita para él una pena de dos años y medio de prisión por presuntos delitos de odio y amenazas.
El proceso judicial, que se desarrolla en la Sección Cuarta, busca esclarecer los hechos ocurridos en un ambiente festivo que se vio alterado por un grave incidente de intolerancia. El caso pone de relieve la aplicación del Código Penal ante las agresiones motivadas por la identidad sexual de la víctima.
Puntos Clave
- Un hombre se enfrenta a un juicio en Valencia por un presunto delito de odio y amenazas.
- La Fiscalía pide una condena de dos años y medio de cárcel.
- El incidente tuvo lugar durante la celebración del Orgullo LGTBI de 2024.
- La víctima es una mujer transexual que fue increpada por su identidad sexual.
Inicio del juicio en la Ciudad de la Justicia
Este martes ha comenzado en la Ciudad de la Justicia de Valencia la vista oral contra el acusado. El hombre se sentó en el banquillo para responder por los hechos que se le imputan, sucedidos durante una de las jornadas más importantes para el colectivo LGTBI en la ciudad.
Según el escrito de acusación, el conflicto comenzó cuando el procesado empezó a increpar a un grupo de personas que participaban en la celebración. La víctima, al percatarse de la situación, intervino pidiéndole que las “dejara tranquilas”.
La respuesta que desató la agresión verbal
La intervención de la mujer, lejos de calmar la situación, provocó presuntamente una reacción violenta por parte del acusado. A partir de ese momento, el hombre habría centrado sus ataques en ella, utilizando un lenguaje humillante y amenazante directamente relacionado con su identidad de género.
El Ministerio Público sostiene que el objetivo del acusado era vejar a la víctima por su condición de mujer transexual, en un claro acto de discriminación.
¿Qué es un delito de odio?
El Código Penal español tipifica como delito de odio aquellas infracciones penales en las que la víctima es seleccionada por su pertenencia, real o supuesta, a un grupo definido por características como la raza, la orientación o identidad sexual, la religión o la discapacidad. Estos delitos atentan contra la dignidad y la igualdad de las personas.
El relato de la Fiscalía
La acusación, formulada por la Fiscalía y facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), detalla la secuencia de los hechos. El fiscal describe cómo el procesado, tras ser interpelado por la víctima, inició una serie de descalificaciones y amenazas graves.
El escrito recoge las presuntas expresiones que el hombre dirigió a la mujer, las cuales constituyen la base de la acusación por delito de odio.
“Maricón de mierda, me cago en tu puto padre”, es una de las frases que, según la Fiscalía, el acusado espetó a la víctima para humillarla.
Además de los insultos, la acusación detalla amenazas explícitas de violencia física. Estas expresiones no solo buscaban denigrar, sino también intimidar gravemente a la mujer.
Amenazas de violencia física
La Fiscalía sostiene que el hombre amenazó directamente con agredirla. Las palabras recogidas en el escrito de acusación reflejan una clara intención de amedrentar a la víctima antes de que las autoridades pudieran intervenir.
Frases clave de la acusación
- "Antes de que llegue la Policía yo te he reventado en el suelo": Una amenaza directa de agresión física inminente.
- "Levántate con los cojones que tienes y vamos a pegarnos como hombres": Una expresión que, según la acusación, buscaba menospreciar su identidad de género y provocar una confrontación violenta.
Una petición de dos años y medio de prisión
Considerando la gravedad de los hechos, el Ministerio Fiscal ha solicitado una pena de prisión de dos años y medio para el procesado. Esta petición se fundamenta en la concurrencia de dos delitos distintos: un delito de odio, por la motivación discriminatoria del ataque, y un delito de amenazas, por las intimidaciones vertidas.
La calificación de los hechos como delito de odio es significativa, ya que implica un agravante por actuar con una motivación discriminatoria por razón de identidad sexual. Este tipo de delitos son perseguidos con especial atención por su impacto no solo en la víctima directa, sino en todo el colectivo al que pertenece.
El juicio deberá ahora determinar la veracidad de los hechos expuestos por la acusación y establecer la responsabilidad penal del acusado. La sentencia sentará un precedente sobre la respuesta judicial a las agresiones verbales motivadas por la transfobia en la Comunitat Valenciana.
La celebración del Orgullo LGTBI es un acto reivindicativo y festivo que busca precisamente visibilizar y defender la diversidad frente a la intolerancia. Incidentes como el que se juzga ahora en Valencia evidencian los desafíos que todavía existen para garantizar la seguridad y el respeto de todas las personas, independientemente de su identidad o expresión de género.





