El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha dictado una sentencia que anula el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universitat de València (UV) de mayo de 2024. Dicho acuerdo establecía la ruptura de relaciones institucionales y académicas con universidades y centros de investigación de Israel.
La decisión judicial, fechada el 20 de septiembre de 2025, determina que la medida adoptada por la universidad pública vulnera principios fundamentales como la objetividad, la neutralidad ideológica y el derecho fundamental a la libertad de expresión y cátedra. Este fallo sienta un precedente importante sobre los límites de la autonomía universitaria frente a posicionamientos políticos.
Puntos Clave
- El TSJCV ha anulado el acuerdo de la Universitat de València que rompía relaciones con instituciones académicas israelíes.
- La sentencia argumenta que la decisión de la UV violó los principios de objetividad y neutralidad ideológica exigibles a una administración pública.
- El tribunal considera que el boicot académico excede las competencias de la universidad y afecta a derechos fundamentales.
- El acuerdo original fue aprobado en mayo de 2024 en un contexto de protestas estudiantiles relacionadas con el conflicto en Gaza.
El origen de la controversia: El acuerdo de mayo de 2024
La medida ahora anulada fue aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universitat de València en una sesión celebrada en mayo de 2024. La decisión se produjo en un clima de intensa movilización estudiantil, que incluyó encierros y manifestaciones en el histórico edificio de La Nau, en protesta por la situación en Gaza.
El acuerdo no solo implicaba la interrupción de convenios de colaboración existentes, sino que también se comprometía a no firmar nuevos acuerdos con instituciones israelíes. La justificación de la UV se basaba en un posicionamiento de solidaridad con el pueblo palestino y una condena a las acciones del gobierno de Israel.
Una decisión impulsada por la presión social
La resolución de la universidad fue vista por muchos como una respuesta directa a las demandas de los colectivos estudiantiles pro-palestinos, que exigían a la institución tomar una postura activa en el conflicto. Esta decisión alineó a la UV con otras universidades europeas y americanas que habían adoptado medidas similares en el marco del movimiento de Boicot, Desinversiones y Sanciones (BDS).
Sin embargo, la medida también generó un considerable debate interno y externo, con voces críticas que advertían sobre la posible politización de la institución académica y las consecuencias para la libertad de investigación y el intercambio de conocimiento.
Los fundamentos jurídicos de la anulación
El TSJCV ha sido contundente en su argumentación para invalidar el acuerdo. La sentencia se centra en que la Universitat de València, como administración pública, está sujeta a unos principios de actuación que le impiden adoptar posicionamientos ideológicos propios de actores políticos.
Neutralidad ideológica en la administración pública
El principio de neutralidad ideológica obliga a las instituciones públicas a actuar con imparcialidad, sin favorecer ni perjudicar a los ciudadanos o a otras entidades por razones políticas o de creencias. Según el tribunal, la universidad debe ser un espacio para el debate plural, no un actor que toma partido en conflictos internacionales complejos.
El fallo judicial sostiene que la decisión de boicotear a las universidades de un país específico constituye una forma de discriminación que no se sustenta en criterios académicos objetivos, sino en una valoración política que excede las competencias de una universidad.
"La universidad, como servicio público dedicado a la educación superior, debe garantizar la pluralidad y no puede erigirse en un ente que sanciona a comunidades académicas de un país por las políticas de su gobierno. Hacerlo contraviene su deber de neutralidad", señala uno de los fundamentos de la sentencia.
Vulneración de derechos fundamentales
Además de la falta de neutralidad, el TSJCV considera que el acuerdo afectaba directamente a derechos fundamentales. Entre ellos, se menciona la libertad de expresión, la libertad de cátedra y la libertad de investigación. Al romper lazos de forma indiscriminada, la universidad limitaba las oportunidades de sus propios investigadores y estudiantes para colaborar con académicos israelíes.
Según el tribunal, un boicot de esta naturaleza impide el libre intercambio de ideas, que es la esencia misma de la vida universitaria. La sentencia diferencia entre la libertad de expresión de los miembros de la comunidad universitaria a título individual y las declaraciones institucionales que comprometen a toda la entidad.
Un precedente judicial clave
Esta no es la primera vez que los tribunales españoles se pronuncian sobre acuerdos de boicot a Israel. Varias sentencias anteriores, incluyendo del Tribunal Supremo, han anulado mociones similares adoptadas por ayuntamientos, argumentando que discriminan y exceden las competencias municipales. La sentencia del TSJCV aplica una lógica similar al ámbito universitario.
Implicaciones para el futuro de la autonomía universitaria
La decisión del TSJCV abre un debate profundo sobre los límites de la autonomía universitaria. Si bien las universidades tienen capacidad de autogobierno, esta sentencia recuerda que dicha autonomía no es absoluta y debe ejercerse dentro del marco legal y constitucional.
El fallo sugiere que las decisiones institucionales no pueden basarse en criterios políticos que puedan generar discriminación o limitar derechos fundamentales. Esto podría tener un impacto significativo en cómo las universidades españolas gestionan las presiones de movimientos sociales y políticos en el futuro.
Reacciones esperadas ante la sentencia
Se espera que la sentencia genere reacciones diversas. Por un lado, los colectivos estudiantiles que promovieron el boicot probablemente criticarán la decisión judicial, considerándola una injerencia en la autonomía universitaria y un obstáculo a sus acciones de solidaridad. La rectora de la Universitat de València deberá comunicar los próximos pasos de la institución, que podrían incluir acatar el fallo o estudiar la posibilidad de un recurso.
Por otro lado, organizaciones y académicos que se opusieron al acuerdo celebrarán la sentencia como una victoria para la libertad académica y una defensa del papel de la universidad como un foro de debate abierto y no como una herramienta de acción política exterior.
- Universitat de València: Deberá anular formalmente el acuerdo y restablecer los canales de comunicación con las instituciones afectadas.
- Colectivos estudiantiles: Podrían organizar nuevas movilizaciones para protestar contra la decisión judicial.
- Comunidad académica: El debate sobre el papel político de la universidad se intensificará en los campus de toda España.
En definitiva, la sentencia del TSJCV no solo resuelve una controversia local, sino que establece un marco jurídico que influirá en el comportamiento de todas las universidades públicas del país ante conflictos internacionales y presiones ideológicas.